Saturday, 20 June 2009

General Delfín Gómez Parra

Resumen de la carta escrita por el General Gómez Parra el 30 de Diciembre de 2007. www.venezuelaawareness.org
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Delfín Gómez Parra es General de Brigada (EJ), sin embargo no está recluido en una prisión militar , sino en Centro Penitenciario de Los Llanos (CEPELLA), en Guanare Estado Portuguesa, un penal para presos comunes.

En una carta fechada 30 de Diciembre de 2007, el General expresa en forma clara su total inocencia en relación a todos y cada uno de los cargos que le han hecho.

“Quiero manifestar mi total inocencia respecto a todas y cada una de las imputaciones sobre supuestos delitos cometidos, que el Ministerio Público ha realizado en mi contra. No existe ni existirá ninguna prueba para demostrar que he cometido esas irregularidades e ilícitos. He sido durante toda mi vida una persona cuyas acciones se han enmarcado siempre en las líneas de la moralidad, fiel cumplidor de las leyes y apego a la ética. Igualmente he sido formado en un hogar dentro del cual se sembraron en mí los principios fundamentales del buen proceder como ciudadano así como los valores familiares y espirituales más elevados que puedan existir”

El General Gómez Parra nunca ha robado a nadie y mucho menos a la nación, no se ha apropiado de lo ajeno, no ha cobrado utilidades que no le pertenecen..Declara que en el proceso penal y en su enjuiciamiento, por el caso del C.A.A.E.Z, la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional y la Fiscalía del Ministerio Público, parecieran estar actuando respectivamente, para encubrir a los verdaderos culpables y darse a la tarea de fabricar conclusiones en las experticias y especular e inventar hechos que en la realidad jurídica nunca ocurrieron.

En su caso se han dado los siguientes abusos::

1. Las manifestaciones del Presidente de la República, cuando en su programa “Aló Presidente”, hizo referencia al caso, diciendo que si él pudiera fusilaría a los responsables y el único nombre que salió a relucir fue el de Delfín Gómez Parra.

2. La gran publicidad desencadenada por los medios de comunicación social, especialmente en el estado Barinas, haciendo mención del caso.

3. Declaraciones de altas autoridades del Gobierno Nacional y Regional, en donde declaraban con respecto a este caso usando el nombre de Delfín Gómez Parra con la intención de responsabilizarlo por hechos de corrupción que nunca cometió.

4. Dentro de los sancionados por la Asamblea Nacional se encuentra el Ex Ministro de Agricultura y Tierras y Ex Presidente de la Junta Directiva del CAAEZ Licenciado Antonio Albarrán Moreno, muy allegado a la familia del Presidente Chávez nunca fue investigado y además fue exculpado por el propio presidente Hugo Chávez Frías y otros personeros políticos del gobierno. La investigación se ha llevado de una manera tan sesgada, que hasta la presente fecha ninguno de los directivos y responsables del C.A.A.E.Z., se encuentra ni siquiera investigado, cuando en realidad era al Complejo Agroindustrial que el gobierno le asignaba los recursos y este a su vez debía responder con la ejecución de las obras, para las cuales le asignaban el presupuesto. ¿Qué intereses hay detrás de todo esto?. Durante la investigación (interpelación), llevada a cabo por la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional , jamás le fue impuesto el precepto constitucional (derecho de no declarar contra sí mismo), ni tampoco se le permitió designar un abogado de su confianza, de conformidad con el artículo 49 de la CRBV.

5. Las diferentes actuaciones de la Fiscalía y los Tribunales Regionales, en donde sin existir pruebas para mantenerlo privado de libertad lleva 21 meses en esta situación, tiempo durante el cual ha habido varias recusaciones, inhibiciones, denuncias, anulaciones de actuaciones, abusos de autoridad, traslado de centro de reclusión fuera de la jurisdicción donde se lleva a cabo el proceso legal. En la presente causa, se han materializado NUEVE (09) inhibiciones de Jueces a quienes ha llegado la causa a sus manos; además de TRES (03) recusaciones en contra de los mismos, de las cuales DOS (02) de ellas han prosperado en la Corte de Apelaciones del Estado Barinas y por si fuera poco, han existido DOS (02) denuncias en contra de dos jueces diferentes, que están siendo procesadas e investigadas por la Inspectoría General de Tribunales. No tuvo oportunidad de defenderse ni de declarar ante la Fiscalía durante la investigación, habiéndose puesto a derecho de manera voluntaria el día 16/02/06, contraviniendo de esta manera los artículos 49, ordinal 1º de la CRBV y artículo 130 del C.O.P.P. Posteriormente a la designación de la Juez Deicy Cáceres Navas y haber sido encargada del Tribunal de Juicio Nº 2 y sin existir en el expediente algún documento o auto que indicara que la Ciudadana Jueza , se había avocado al conocimiento del caso CAAEZ, de manera sorpresiva, inusitada, injustificada, inhumana e injusta se lleva a cabo un traslado de su persona desde la sede de la 93 Brigada de Seguridad y Desarrollo en el Fuerte Tavacare en Barinas Edo. Barinas (el cual era el sitio de reclusión designado por un tribunal de control e inclusive por este mismo tribunal de juicio Nº 2), hasta el Centro Penitenciario de los Llanos en Guanare Edo. Portuguesa.

6. Las constantes violaciones de la Constitución de la República y Leyes Nacionales. Los Fiscales y Jueces actuantes en el expediente, han NEGADO en reiteradas oportunidades, que se le haga el ANTEJUICIO DE MERITO, previo a toda la acusación y el juicio que se está llevando a cabo, que como General de la FAN y de conformidad con el artículo 262 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 377 y 381 del Código Orgánico Procesal Penal, tiene el legítimo derecho. Por el hecho de haberse presentado “voluntariamente” ante la Fiscalía que llevaba el caso, para apoyar en las investigaciones y haberse presentado “voluntariamente” en la DIM antes de que llegara la orden de aprehensión, debía haber merecido ser juzgado en libertad, ya que no existía, ni existe, ningún elemento que presumiera su fuga. Orden privativa de libertad, sin existir una imputación previa por parte de la Fiscalía.

7. La decisión dada por Tribunal Supremo de Justicia, después de seis meses de haber hecho una solicitud de Radicación y Avocamiento. Tal decisión será materia de oto artículo.
Mientras continúa su injusta prisión el General le da las gracias a todas aquellas personas que han creído en él : y que le han dado la oportunidad de que se conozca su caso, agrega, “sobrará siempre mi agradecimiento a las manos que le han dado apoyo al esfuerzo de mi esposa”.

Mercedes Montero
Mechemon99@yahoo.co.uk

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